Se establece la cuota de fomento de la papa, se crea un Fondo de Fomento, se establecen normas para su recaudo y administración (Se establece la cuota de fomento de la papa, se crea un Fondo de Fomento) Colombia
Se establece la cuota de fomento de la papa, se crea un Fondo de Fomento
- Artículo 1o. Objeto
- Artículo 2o. Del subsector de la papa
- Artículo 3o. Establecimiento de la cuota de fomento de la papa
- Artículo 4o. Personas obligadas al pago de la cuota de fomento de la papa
- Artículo 5o. Contribución parafiscal agropecuaria
- Artículo 6o. Personas obligadas al recaudo de la cuota de fomento de la papa
- Artículo 7o. De la transferencia de la cuota al fondo de fomento
- Artículo 8o. Sanciones derivadas del incumplimiento del recaudo de la cuota
- Artículo 9o. Creación del fondo de fomento de la papa
- Artículo 10. Objetivos del fondo de fomento de la papa
- Artículo 11. Activos de propiedad del fondo
- Artículo 12. Recursos del fondo de fomento de la papa
- Artículo 13. Recaudo y administración del fondo de fomento de la papa
- Artículo 14. Supervisión y vigilancia del fondo de fomento de la papa
- Artículo 15. Funciones de supervisión y vigilancia
- Artículo 16. Plan de inversiones y gastos
- Artículo 17. Control fiscal del fondo de fomento de la papa
- Artículo 18. Dirección del fondo de fomento de la papa
- Artículo 19. Integración de la junta directiva
- Artículo 20. Funciones de la junta directiva del fondo de fomento de la papa
- Artículo 21. Traslado de recursos del fondo nacional de fomento hortifrutícola al fondo de fomento de la papa
- Artículo 22. Vigencia
Otras regulaciones
Se desarrolla el artículo transitorio 55 de la Constitución Política Día de la Niñez y la Recreación Se categoriza al municipio de Santiago de Cali como Distrito Especial, Deportivo, Cultural, Turístico, Empresarial y de Servicios La Nación se asocia a la celebración de los 200 años del municipio de Aguadas Se impulsa el desarrollo bajo en carbono del país mediante el establecimiento de metas y medidas mínimas en materia de carbono neutralidadMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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