Se define la obesidad y las enfermedades crónicas no transmisibles asociadas a esta como una prioridad de salud pública y se adoptan medidas para su control, atención y prevención (Se define la obesidad y las enfermedades crónicas no transmisibles asociadas a esta como una priorid) Colombia
Se define la obesidad y las enfermedades crónicas no transmisibles asociadas a esta como una prioridad de salud pública
- Artículo 1o. Declárase
- Artículo 2o. Ambito de aplicación
- Artículo 3o. Promoción
- Artículo 4o. Estrategias para promover una alimentación balanceada y saludable
- Artículo 5o. Estrategias para promover actividad física
- Artículo 6o. Promoción del transporte activo
- Artículo 7o. Regulación en grasas trans
- Artículo 8o. Regulación en grasas saturadas
- Artículo 9o. Promoción de una dieta balanceada y saludable
- Artículo 10. Etiquetado
- Artículo 11. Regulación del consumo de alimentos y bebidas en centros educativos
- Artículo 12. Publicidad y mercadeo de alimentos y bebidas en medios de comunicación
- Artículo 13. Estrategias de información, educación y comunicación
- Artículo 14. Comercialización de productos para la reducción de peso corporal
- Artículo 15. La comisión intersectorial de seguridad alimentaria y nutricional (cisan)
- Artículo 16. Integración
- Artículo 17. Funciones de la cisan
- Artículo 18. Programas de responsabilidad social empresarial
- Artículo 19. Agenda de investigación
- Artículo 20. Día de lucha contra la obesidad y el sobrepeso y la semana de hábitos de vida saludable
- Artículo 21. Vigilancia
- Artículo 22. Vigencia
Otras regulaciones
Se transforma la Unidad Universitaria del Sur de Bogotá Se desarrolla el artículo 325 de la Constitución política y se expide el régimen especial de la Región metropolitana Bogotá Se establecen medidas para fortalecer la conciencia educativa para el trabajo en la educación básica secundaria Por el cual se dictan normas para el saneamiento de predios ocupados por asentamientos humanos ilegales Se crea la contribución solidaria a la educación superiorMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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