Se organiza la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena, se determinan sus fuentes de financiación y se dictan otras disposiciones (Se organiza la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena) Colombia
Se organiza la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena
- Artículo 1o. Organización y naturaleza jurídica
- Artículo 2o. Objeto
- Artículo 3o. Jurisdicción
- Artículo 4o. Ordenamiento de la cuenca
- Artículo 5o. Sede, domicilio legal y seccionales
- Artículo 6o. Funciones y facultades
- Artículo 7o. Facilidades para la integración modal del transporte
- Artículo 8o. Centro de investigación
- Artículo 9o. Servicio de energía eléctrica
- Artículo 10. Direccion y administracion
- Artículo 11. De la asamblea corporativa
- Artículo 12. Funciones de la asamblea corporativa
- Artículo 13. Composición de la junta directiva
- Artículo 14. Funciones de la junta directiva
- Artículo 15. Director ejecutivo
- Artículo 16. Regimen de personal
- Artículo 17. Patrimonio y rentas
- Artículo 18. Contribución de valorización
- Artículo 19. Contratación
- Artículo 20. Expropiación
- Artículo 21. Régimen fiscal
- Artículo 22. Esta Ley rige a partir de la fecha de su sanción. El Presidente...
Otras regulaciones
Convenio de Unidroit sobre los Bienes Culturales Robados o Exportados Ilícitamente Normas para modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios La cual la Nación se asocia a la celebración de los 200 años de la Fundación del municipio de Soledad Se declara patrimonio inmaterial, cultural, artístico y folclórico de la nación, el desfile el Salsódromo Se rinde honores a Monseñor Julio Alvarez RestrepoMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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