Se rinde honores al señor General José Antonio Anzoátegui y se le reconoce como figura ejemplar de la patria (Se rinde honores al señor General José Antonio Anzoátegui y se le reconoce como figura ejemplar de l) Colombia
Se rinde honores al señor General José Antonio Anzoátegui y se le reconoce como figura ejemplar de la patria
- Artículo 1o. La Nación rinde público homenaje, exalta y enaltece la memoria...
- Artículo 2o. El Gobierno Nacional por intermedio del Ministerio de Cultura adoptará...
- Artículo 3o. El Gobierno Nacional por intermedio del Ministerio de Educación...
- Artículo 4o. Autorícese al Gobierno Nacional para que a través del...
- Artículo 5o. Créase la Gran Medalla de Condecoración al Mérito...
- Artículo 6o. La Gran Medalla de Condecoración al Mérito Libertador General...
- Artículo 7o. La Gran Medalla de Condecoración al Mérito Libertador General...
- Artículo 8o. Autorícese al Gobierno Nacional para erigir un busto del General...
- Artículo 9o. Autorícese al Gobierno Nacional para erigir un busto del General...
- Artículo 10. Autorícese al Gobierno Nacional para hacer las apropiaciones...
- Artículo 11. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación y deroga...
Otras regulaciones
Normas de prevención y lucha contra el dopaje Se dictan medidas tendientes a promover el acceso a los servicios financieros transaccionales Se declara patrimonio cultural de la Nación el Festival Nacional de la Tambora y la Guacherna en el municipio de Tamalameque en el departamento del Cesar Decisión del Consejo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico La República de Colombia rinde homenaje a los caficultores colombianosMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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