Se aprueban el Acuerdo cultural entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Turquía", hecho en Caracas, el nueve (9) de septiembre de mil novecientos noventa y uno (1991) y el canje de notas que lo modifica de 23 de febrero de 2000 y 30 de marzo de 2000 (Acuerdo cultural entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Turq) Colombia
Acuerdo cultural entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Turquía
- Artículo 1. Las Partes Contratantes se comprometen, por medio del presente a cuerdo a...
- Artículo 2. Las Partes Contratantes a través de sus organismos competentes,...
- Artículo 3. Las Partes Contratantes fomentarán el intercambio de: -...
- Artículo 4. Ambas Partes llevarán a cabo intercambios de información sobre...
- Artículo 5. Las Partes Contratantes, a través de las instituciones...
- Artículo 6. Las Partes Contratantes fomentarán la cooperación entre...
- Artículo 7. Las Partes Contratantes acordarán periódicamente, programas en...
- Artículo 8. Las Partes convienen en establecer una Comisión Mixta compuesta por...
- Artículo 9. Cualquier discrepancia que pueda surgir de la interpretación o...
- Artículo 10. El presente Acuerdo será sometido a los requisitos constitucionales y...
- Artículo 11. El presente acuerdo tendrá una duración de cinco (5)...
- Artículo 12. El presente Acuerdo podrá ser denunciado por cualquiera de las Partes...
Otras regulaciones
Se precisan los elementos estructurales de las contribuciones a la seguridad social Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial Acuerdo de Cooperación Técnica, Científica y Tecnológica entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de Rumania La cual la Nación se asocia a la celebración de los 50 años de la Fundación del Municipio de Santa Rosalía Se establecen la organización y funcionamiento de la Defensoría del PuebloMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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