Se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2024 (Se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fi) Colombia
Se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2024
- PRIMERA PARTE
CAPÍTULO 1
Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital
- Artículo 1. Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital
- SEGUNDA PARTE
- Artículo 2. Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones
- TERCERA PARTE
DISPOSICIONES GENERALES
- Artículo 3. Las disposiciones generales de la presente ley son complementarias de las...
- CAPÍTULO I
De las rentas y recursos
- Artículo 4. Las solicitudes de modificación a fuentes de financiación...
- Artículo 5. Los ingresos corrientes de la Nación y aquellas contribuciones y...
- Artículo 6. Oportunidad del registro del recaudo
- Artículo 7. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público a través de...
- Artículo 8. El Gobierno nacional podrá emitir títulos de Tesorería,...
- Artículo 9. La liquidación de los excedentes financieros de que trata el...
- Artículo 10. Los títulos que se emitan para efectuar transferencia temporal de...
- Artículo 11. A más tardar el 20 enero de 2024, los órganos que conforman el...
- Artículo 12. Pertenecen a la Nación los rendimientos financieros obtenidos por el...
- CAPÍTULO II
De los gastos
- Artículo 13. Las afectaciones al presupuesto se harán teniendo en cuenta la...
- Artículo 14. Prohíbase tramitar actos administrativos u obligaciones que afecten...
- Artículo 15. Para proveer empleos vacantes se requerirá el certificado de...
- Artículo 16. La solicitud de modificación a las plantas de personal, además...
- Artículo 17. Los recursos destinados a programas de capacitación y bienestar...
- Artículo 18. La constitución y funcionamiento de las cajas menores en los...
- Artículo 19. Se podrán hacer distribuciones en el presupuesto de ingresos y...
- Artículo 20. Los órganos de que trata el artículo 3º de la presente...
- Artículo 21. El Gobierno nacional en el decreto de liquidación clasificará...
- Artículo 22. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección...
- Artículo 23. Los órganos de que trata el artículo 3º de la presente...
- Artículo 24. Cuando los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la...
- Artículo 25. Salvo lo dispuesto por el artículo 47 de la Ley 1450 de 2011,...
- Artículo 26. Los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación...
- Artículo 27. Los gastos que sean necesarios para la contratación,...
- CAPÍTULO III
De las reservas presupuestales y cuentas por pagar
- Artículo 28. A través del Sistema Integrado de Información Financiera...
- Artículo 29. Las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación...
- Artículo 30. En lo relacionado con las cuentas por pagar y las reservas presupuestales,...
- CAPÍTULO IV
De las vigencias futuras
- Artículo 31. Las entidades u órganos que requieran modificar el plazo y/o los...
- Artículo 32. Los cupos anuales autorizados para asumir compromisos de vigencias futuras...
- CAPÍTULO V
Disposiciones varias
- Artículo 33. El servidor público que reciba una orden de embargo sobre los...
- Artículo 34. Los órganos a que se refiere el artículo 3º de la...
- Artículo 35. La Fiscalía General de la Nación, la Policía Nacional,...
- Artículo 36. Las obligaciones por concepto de servicios médicos asistenciales (no...
- Artículo 37. En las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y en las Sociedades de...
- Artículo 38. El porcentaje de la cesión del impuesto a las ventas asignado a las...
- Artículo 39. La ejecución de los recursos que se giran al Fondo Nacional de...
- Artículo 40. El Ministerio de Trabajo y la Administradora Colombiana de Pensiones...
- Artículo 41. Sin perjuicio de lo establecido en las normas vigentes para el pago de la...
- Artículo 42. El retiro de recursos de las cuentas de las entidades territoriales en el...
- Artículo 43. Las entidades estatales podrán constituir mediante patrimonio...
- Artículo 44. Con los ingresos corrientes y excedentes de la Subcuenta de Solidaridad del...
- Artículo 45. Con el fin de financiar el Sistema General de Seguridad Social en Salud, en...
- Artículo 46. Las entidades responsables de la reparación integral a la...
- Artículo 47. Durante la vigencia de 2024, con el fin de verificar los avances en la...
- Artículo 48. Bajo la coordinación de la Unidad para la Atención y...
- Artículo 49. Los recursos del Fondo para la Rehabilitación, Inversión y...
- Artículo 50. Sin perjuicio de la responsabilidad fiscal y disciplinaria a que haya lugar,...
- Artículo 51. Las asignaciones presupuestales del Fondo Único de Tecnologías...
- Artículo 52. El respaldo presupuestal a cargo de la Nación frente a los...
- Artículo 53. Las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación...
- Artículo 54. Los pagos por menores tarifas del sector eléctrico y de gas que se...
- Artículo 55. La Nación, a través de la Oficina de Bonos Pensionales del...
- Artículo 56. Las entidades responsables del Sistema Penitenciario y Carcelario del...
- Artículo 57. Con el ánimo de garantizar el derecho al pago oportuno de las mesadas...
- Artículo 58. Acción de repetición
- Artículo 59. Con el propósito de evitar una doble presupuestación, la...
- Artículo 60. El Ministerio de Minas y Energía reconocerá las obligaciones...
- Artículo 61. Los gastos en que incurra el Ministerio de Educación Nacional para la...
- Artículo 62. La Nación podrá emitir bonos en condiciones de mercado u otros...
- Artículo 63. Las partidas del Presupuesto General de la Nación con destino al...
- Artículo 64. Del funcionamiento y desarrollo del ·fondo para la defensa de los derechos e intereses colectivos
- Artículo 65. Administración y funcionamiento del Sistema Nacional de Defensoría Pública
- Artículo 66. Cuando existan rendimientos financieros generados por el Fondo de...
- Artículo 67. Las operaciones de cobertura previstas en los artículos 129 de la Ley...
- Artículo 68. Verificación del registro de proyectos financiados o cofinanciados
- Artículo 69. Adquisición de divisas para la ejecución presupuestal del servicio de deuda externa
- Artículo 70. Asistencia y representación judicial de entidades públicas
- Artículo 71. Incorporación de recursos entidades territoriales al fondo de la registraduría para el ejercicio de los mecanismos de participación ciudadana
- Artículo 72. Obligación de reporte - bonos temáticos soberanos
- Artículo 73. En las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de...
- Artículo 74. Pago de obligaciones del Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles (FEPC)
- Artículo 75. Entes autónomos universitarios estatales - universidades públicas
- Artículo 76. Para efectos de la distribución de los criterios que utilicen datos...
- Artículo 77. En los presupuestos del Ministerio de Hacienda y Crédito...
- Artículo 78. Los certificados de libertad y tradición por no corresponder a...
- Artículo 79. Con cargo a los recursos del Sistema General de Participaciones del sector...
- Artículo 80. En el evento en que la Nación tenga pendiente el giro de recursos de...
- Artículo 81. Las entidades que son sección presupuestal, que hayan cambiado su...
- Artículo 82. Durante la vigencia 2024, el Ministerio de Minas y Energía,...
- Artículo 83. Con el fin de dar cierre al proceso de Nivelación Salarial para los...
- Artículo 84. Atendiendo a la especial condición insular del Departamento...
- Artículo 85. Las entidades responsables del cumplimiento de lo ordenado en la Sentencia...
- Artículo 86. El Gobierno nacional a través del Ministerio de Hacienda y...
- Artículo 87. Principios de economía, eficiencia y eficacia en la actuación de la Unidad Administrativa Especial·, Dirección ·de 23 Impuestos y Aduanas Nacionales (UAE DIAN)
- Artículo 88. La Financiera de Desarrollo Territorial S. A. (Findeter) estructurará...
- Artículo 89. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación y surte...
Otras regulaciones
Se declara patrimonio cultural de la Nación el Festival Folclórico del municipio de Natagaima Se desarrolla el artículo 60 de la Constitución Política en cuanto a la enajenación de la propiedad accionaria estatal Patrimonio Cultural de la Nación el Festival del Mono Núñez y se autorizan unas obras Acuerdo de cooperación en materia de asistencia jurídica entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos Se institucionalizan los Juegos Deportivos del Caribe ColombianoMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
Si un automóvil se moviliza sin SOAT y es detenido por un guarda y se le impone la multa por esta causa, pero el mismo día la infracción es detectada por cámara de fotomulta y también se impone multa por este medio, ¿el pago de la multa impuesta por guarda de tránsito, exonera del pago de la multa impuesta por la cámara?
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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hola, cuál es el email del administrador de leyes.co?
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