Se hace el reconocimiento a la cultura, tradición e identidad llanera y se insta a las autoridades locales administrativas a desarrollar un Plan Especial de Salvaguarda al Patrimonio Cultural Llanero Colombia
Se hace el reconocimiento a la cultura, tradición e identidad llanera y se insta a las autoridades locales administrativas a desarrollar un Plan Especial de Salvaguarda al Patrimonio Cultural Llanero
- Artículo 1o. Objeto
- Artículo 2o. Reconózcase como elementos integrantes de la riqueza y patrimonio...
- Artículo 3o. Reconózcase el paisaje cultural llanero como patrimonio cultural material e inmaterial de la nación
- Artículo 4o. Adóptense por parte de las autoridades locales administrativas las...
- Artículo 5o. A partir de la entrada en vigencia de la presente ley será deber de...
- Artículo 6o. Ínstense al Ministerio de Cultura para que convoque a los...
- Artículo 7o. Declárase el 25 de julio como el día nacional de la cultura, tradición e identidad llanera
- Artículo 8o. La presente ley rige a partir de su sanción.
Otras regulaciones
Se adoptan medidas para mejorar la liquidez y el uso de algunos recursos del Sector Salud Convenio de Unidroit sobre los Bienes Culturales Robados o Exportados Ilícitamente Se define y reglamenta el acceso y uso de los mensajes de datos, del comercio electrónico y de las firmas digitales Se declara patrimonio cultural de la Nación el Festival Antioquia le Canta a Colombia La Nación rinde homenaje a la Provincia Antioqueña de UrabáMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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