Se reconoce, impulsa y protege el Viche/Biche y sus derivados como bebidas ancestrales, artesanales, tradicionales y patrimonio colectivo de las comunidades negras afrocolombianas de la costa del pacífico colombiano y se dictan otras disposiciones (Se reconoce, impulsa y protege el Viche/Biche y sus derivados como bebidas ancestrales, artesanales) Colombia
Se reconoce, impulsa y protege el Viche/Biche y sus derivados como bebidas ancestrales, artesanales
- Artículo 1. OBJETO
- Artículo 2. PRODUCTORES Y TRANSFORMADORES DEL VICHEI/BICHE
- CAPÍTULO II MEDIDAS PARA EL RECONOCIMIENTO, IMPULSO, PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DEL VICHE/BICHE
- Artículo 3. PROTECCIÓN DEL VICHE/BICHE
- Artículo 4. PROMOCIÓN DEL VICHE/BICHE
- Artículo 5. PROTECCIÓN CULTURAL DEL VICHE/BICHE
- Artículo 6. CREACIÓN Y FUNCIÓN DEL COMITÉ INTERINSTITUCIONAL
- Artículo 7. FUNCIONES DEL COMITÉ
- Artículo 8. ASOCIACIÓN
- CAPÍTULO III REQUISITOS PARA LA PRODUCCIÓN
- Artículo 9. REQUISITOS PARA PRODUCCION
- Artículo 10. REGLAMENTACIÓN INVIMA
- CAPÍTULO IV DISPOSICIONES GENERALES
- Artículo 11. APOYO A LAS COMUNIDADES
- Artículo 12. El artículo 7 de la ley 1816 de 2016, quedará así: ARTÍCULO 7....
- Artículo 13. PARTICIPACIÓN DE LAS COMUNIDADES
- Artículo 14. VIGENCIA
Otras regulaciones
Se establece amnistía a los deudores de multas de tránsito La Nación se asocia a la celebración de los 73 años de la victoria de Colombia en la Guerra con el Perú Convenio Interamericano sobre Permiso Internacional de Radioaficionado Se regula la integración de las energías renovables no convencionales al Sistema Energético Nacional Se institucionalizan los Juegos Deportivos del Caribe ColombianoMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?
se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco
Un comunero, en principio, no puede pedirle al otro comunero que ha estado ocupando el bien, le pague los frutos (arriendo generalmente) que habría podido llegar a percibir el bien. Lo que un comunero le puede pedir al otro comunero, es que le pague lo que le corresponde de los frutos efectivamente percibidos. Es decir, entre comuneros, no se pueden cobrar frutos que pudieron haber llegado a percibirse. Lo que se puede cobrar, es lo que percibió realmente y que no se compartió con el otro comunero. Por eso es importante demostrar que el otro comunero percibió frutos y no los compartió, no simplemente afirmarlo sin pruebas.
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