Se establecen los objetivos y la estructura de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (Se establecen los objetivos y la estructura de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado) Colombia
Se establecen los objetivos y la estructura de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado
- Artículo 1o. Naturaleza jurídica
- Artículo 2o. Objetivo
- Artículo 3o. Alcance de la defensa jurídica del estado
- Artículo 4o. Domicilio
- Artículo 5o. Patrimonio
- Artículo 6o. Funciones
- Artículo 7o. Dirección
- Artículo 8o. Estructura
- Artículo 9o. Consejo directivo
- Artículo 10. Funciones del consejo directivo
- Artículo 11. Funciones del director general
- Artículo 12. Consejo asesor
- Artículo 13. Funciones de la oficina asesora de planeación
- Artículo 14. Funciones de la oficina de control interno
- Artículo 15. Oficina asesora jurídica
- Artículo 16. Secretaría general
- Artículo 17A. Funciones de la dirección de defensa jurídica nacional
- Artículo 17B. Funciones de la dirección de defensa jurídica internacional
- Artículo 18. Dirección de políticas y estrategias para la defensa jurídica
- Artículo 19. Subdirección de acompañamiento a los servicios jurídicos
- Artículo 20. Dirección de gestión de información
- Artículo 21. Órganos de coordinación y asesoría
- Artículo 22. Régimen de personal y planta
- Artículo 23. Transferencia de bienes, derechos y obligaciones, y archivos
- Artículo 24. Contratos vigentes
- Artículo 25. Referencias normativas
- Artículo 26. Vigencia
Otras regulaciones
Se dictan normas para la regulación y modernización de las sociedades de mejoras públicas Convenio marco entre Colombia y Helénica sobre cooperación económica, científica y tecnológica Normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa La refinanciación de la deuda de los cafeteros para su regulación y aplicación Normas sobre la Policía NacionalMejores juristas
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Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
Buenos días es que me hicieron una foto multa y la luz estaba en amarillo cuando me tomaron la foto multa y yo ya estaba pasando qué puedo hacer?
Es bueno recordar los indicios que ha señalado la Corte Suprema de Justicia, son útiles para saber si nos encontramos ante una empresa de simple intermediación o ante una empresa empleadora disfrazada: - Que la contratación que realiza la intermediaria sirve para prestar servicios y actividades misionales permanentes de la empresa -que los trabajadores asociados a través de cooperativa, atiendan las órdenes directas de la empresa o de sus delegados, supervisores etc. -que la cooperativa de trabajo no tenga una estructura física, jurídica, económica etc propia, que sea autónoma. -Que la empresa tenga injerencia en las decisiones internas de la cooperativa, como la selección o administración del personal.
Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)
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Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Un Convenio de Asociación de una entidad estatal con una ESAL (Decreto 092) si además es selección objetiva mediante tipo de licitación "Régimen Especial con Oferta Económica" tiene los mismos principios de un "Contrato", Pacta Sunt Saravanda (Lo Pactado Obliga), y cual es su sustentación? Correo [email protected] John Velasquez
Muy buenos días. Mi nombre es Humberto Ramírez Marín, laboro al servicio del Municipio de Filadelfia Caldas como auxiliar administrativo desde el 11 de octubre de 1991 a la fecha sin interrupción. El Código sustantivo del trabajo establece que El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado.
PERO A NOSOTROS COMO EMPLEADOS AL SERVICIO DEL MUNICIPO DE FILADELFIA SOLAMENTE SE NOS CANCELAN 15 DIAS DEL SALARIO EN EL MES DE JUNIO Y EN DICIEMBRE NO SE REALIZA NINGUN PAGO POR ESTE CONCEPTO. QUE DEBEMOS HACER PARA QUE NOS RECONOZCAN EN EL MES DE DICIEMBRE LA OTRA MITAD DE LA PRIMA DE SERVICIOS?
Que pasa si baño los perros, enfrente de mi casa y con manguera, desperdiciando el agua?
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